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Admisión alumnos/as Ciclos Grado Medio y Superior 2023-2024
Criterios de admisión Grado Medio

Cuando el número de solicitudes registradas en el cetnro es superior al número de plazas ofertadas hay que realizar una baremación siguiendo una serie de criterios. En cada apartado se suman los puntos, y los alumnos de mayor puntuación, hasta completar la ofderta, serán los admitidos.

Para el Grado Medio un 5% de la plazas ofertadas se reserva para solicitantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y otro 5% para deportistas de alto nivel reconocidos como tal oficialmente. El resto de las plazas se reparten según el modo de acceso y siguiendo la siguiente baremación.

PARA ALUMNADO DE GRADO MEDIO

a) Alumnado que esté en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siempre que el alumno o alumna haya superado la evaluación final de educación secundaria obligatoria por la opción de enseñanzas aplicadas: (60% de las plazas restantes)

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico que será la media aritmética expresada con dos decimales, de las calificaciones de las materias de tercer y cuarto curso cursadas por el alumno.

2.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

3.º Haber obtenido el título de Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

4.º Haber obtenido el título de Educación Secundaria Obligatoria en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 puntos)

b) Alumnado que esté en posesión de un Título Profesional Básico: (30% de las plazas restantes)

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota final del Título Profesional Básico.

2.º El ciclo de formación profesional básica cursado, teniendo en cuenta los ciclos formativos de grado medio a los que el Título Profesional Básico da preferencia. (5 puntos)

3.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

4.º Haber superado un ciclo de formación profesional básica en centros docentes del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

5.º Haber superado un ciclo de formación profesional básica en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 punto)

c) Alumnado que reúna otros requisitos de acceso: (10% de las plazas restantes)

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota final expresada con dos decimales, de la titulación que les da acceso o la nota media, expresada con dos decimales, que será la media aritmética de las calificaciones de las materias cursadas por el alumno a excepción de la religión, o la nota final de la prueba de acceso.

2.º Haber superado la prueba de acceso a ciclos de grado medio (3 puntos) o superior. (1 punto)

3.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

4.º Haber obtenido el título que acredita el requisito de acceso, haber superado todas las materias de bachillerato o haber realizado las pruebas de acceso en centros docentes del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

5.º Haber obtenido el título que acredita el requisito de acceso, haber superado todas las materias de bachillerato o haber realizado las pruebas de acceso en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 punto).

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